Real Decreto 231/2020 de 4 de Febrero, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para el 2020

El día 5 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el 231/2020 de 4 de Febrero, por el que el que se fija el salario mínimo interprofesional que deberá regir a partir del 1 de enero del 2020 tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados del hogar.

Cuantías

El salario mínimo interprofesional para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios queda fijado en 31,66 euros/ días o 950 euros/mes

El computo anual del SMI no podrá ser inferior a 13.300 euros. Los 950€ mensuales, si tenemos en cuenta que se deben aplicar en base a 14  pagas, si estas se prorratean en 12 meses, daría como resultado un salario de 1.108,33 euros brutos al mes.

Hay que tener en cuenta que esta cifra es para jornadas completas (40 horas), para jornadas parciales se calculara proporcionalmente.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda dar lugar a la minoración de la cuantía integra en dinero de aquel.

Incremento respecto a 2019

Las nuevas cuantías representan un incremento del 5,5% respecto de las vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Compensación y absorción

El incremento del salario mínimo, conforme a lo previsto en este Real Decreto, no afectara a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que vinieran percibiendo los trabajadores, cuando tales salarios en su conjunto y computo anual fuera superiores a dicho salario mínimo.

Trabajadores Eventuales y Temporeros

Los trabajadores eventuales y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, percibirán junto el salario mínimo la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos de las dos gratificaciones extraordinarias, sin que la cuantía del salario pueda resultar inferior a 44,99 euros por jornada legal en la actividad.

Empleados de Hogar

El salario mínimo interprofesional de los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, será de 7,43 euros por hora efectivamente trabajada.

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